Políticas Administrativas y de Reembolsos
Políticas Administrativas
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Todos los datos suministrados por el usuario deben ser verídicos y serán tomados como tal.
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No se recibirán documentos incompletos e ilegibles.
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Todos los documentos entregados dentro de un expediente deben estar ordenados de la siguiente manera:
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Formulario.
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Fotocopia de documentos de identidad.
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Original y copias de documentos; los mismos deben estar agrupados por el tipo que se trate.
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Un ejemplar de todos los documentos para nuestros archivos.
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Todos los documentos entregados dentro de un expediente deben estar ordenados de la siguiente manera:
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El formulario deberá estar completado a máquina/computadora firmado por la persona autorizada o por la vía web.
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No nos hacemos responsables de los documentos no retirados a los 30 días calendarios siguientes de la fecha de entrega, los mismos serán eliminados de nuestros archivos.
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En caso de no depositar en los 3 meses siguientes el expediente que le fue devuelto, deberá solicitar el servicio como si fuera por primera vez y pagarlo como tal.
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Serán devueltos los cheques:
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Por montos mayores al importe del servicio solicitado.
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Que no estén a nombre de la Cámara de Comercio y Producción de la Provincia Duarte.
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Que estén endosados al Tesorero Nacional.
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Que no cumplan con los requerimientos de la Ley de Cheques vigente.
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No se recibirán documentos si el domicilio de la sociedad no es en la Provincia Duarte.
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No se sustituyen documentos, en los casos que el cliente haya cometido errores en los mismos, deberán enmendar su error mediante asamblea extraordinaria.
Nota: Los puntos 3 al 8 solo aplican para los documentos depositados en físico.
Políticas De Reembolsos
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No serán reembolsadas las siguientes solicitudes:
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1.1 Si han pasado treinta (30) días de haber retirado su documentación.
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1.2 Solicitudes relacionadas con sociedades en participación.
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1.3 Cuando el cliente marca en el formulario con una X un servicio distinto al deseado o un capital diferente al de sus documentos.
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1.4 Solicitudes de servicios devueltos y el cliente decide no continuar el proceso (Ver excepción punto 2.1)
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1.5 Cuando se someta a la Cámara una solicitud de servicio por un capital determinado y por alguna razón se devuelva el expediente al cliente para ser corregido, solo se podrá depositar el expediente para completar el proceso por el mismo capital depositado la primera vez.
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1.6 Cuando el cliente solicita Copias Certificadas de documentos que no figuran registrados en la Cámara procedemos a certificar que el documento no figura registrado.
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1.7 Cuando el cliente solicita una Certificación de una empresa que no figura registrada en la Cámara procedemos a certificar que la empresa no figura registrada.
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1.8 Cuando se depositen menos documentos de los que entregó el cliente la primera vez.
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Serán Reembolsados los siguientes casos:
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2.1 En caso de una solicitud de matriculación devuelta a problemas por cualquier causa, si el cliente decide no seguir el proceso se le reembolsará el cincuenta por ciento (50%) de la suma pagada.
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2.2 Cuando en el formulario indican que el domicilio de la empresa es Santo Domingo y sus documentos tienen como domicilio otra provincia se le reembolsará el cincuenta por ciento (50%) de la suma pagada.
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2.3 Cuando en el formulario de la compañía especifica que no es Santo Domingo y este fue recibido por el representante.
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2.4 En el caso de que se le devuelva algún documento porque no es registrable, serán devueltos al emisor los cheques por montos distintos al importe de servicio solicitado.
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Casos excepcionales de solicitud de reembolso distintos a los citados serán conocidos uno por uno por la Gerencia del Registro Mercantil para su ponderación y decisión.
Para solicitar tu Reembolso deberás presentar:
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El original del recibo o factura de pago.
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La carta de solicitud que deberá estar timbrada, sellada y firmada por el Presidente de la sociedad u otra persona autorizada. La misma deberá contener a nombre de quien se emitirá el cheque.
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Las sociedades que se están matriculando y que por tanto no tienen sello gomígrafos u otros, deben estar firmadas por el presidente electo o por una persona autorizada mediante poder de representación, el cual deben adjuntar a la solicitud.
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