Políticas Administrativas y de Reembolsos
Políticas Administrativas
-
Todos los datos suministrados por el usuario deben ser verídicos y serán tomados como tal.
-
No se recibirán documentos incompletos e ilegibles.
-
Todos los documentos entregados dentro de un expediente deben estar ordenados de la siguiente manera:
-
Formulario.
-
Fotocopia de documentos de identidad.
-
Original y copias de documentos; los mismos deben estar agrupados por el tipo que se trate.
-
Un ejemplar de todos los documentos para nuestros archivos.
-
Todos los documentos entregados dentro de un expediente deben estar ordenados de la siguiente manera:
-
El formulario deberá estar completado a máquina/computadora firmado por la persona autorizada o por la vía web.
-
No nos hacemos responsables de los documentos no retirados a los 30 días calendarios siguientes de la fecha de entrega, los mismos serán eliminados de nuestros archivos.
-
En caso de no depositar en los 3 meses siguientes el expediente que le fue devuelto, deberá solicitar el servicio como si fuera por primera vez y pagarlo como tal.
-
Serán devueltos los cheques:
-
Por montos mayores al importe del servicio solicitado.
-
Que no estén a nombre de la Cámara de Comercio y Producción de la Provincia Duarte.
-
Que estén endosados al Tesorero Nacional.
-
Que no cumplan con los requerimientos de la Ley de Cheques vigente.
-
No se recibirán documentos si el domicilio de la sociedad no es en la Provincia Duarte.
-
No se sustituyen documentos, en los casos que el cliente haya cometido errores en los mismos, deberán enmendar su error mediante asamblea extraordinaria.
Nota: Los puntos 3 al 8 solo aplican para los documentos depositados en físico.
Políticas De Reembolsos
-
No serán reembolsadas las siguientes solicitudes:
-
1.1 Si han pasado treinta (30) días de haber retirado su documentación.
-
1.2 Solicitudes relacionadas con sociedades en participación.
-
1.3 Cuando el cliente marca en el formulario con una X un servicio distinto al deseado o un capital diferente al de sus documentos.
-
1.4 Solicitudes de servicios devueltos y el cliente decide no continuar el proceso (Ver excepción punto 2.1)
-
1.5 Cuando se someta a la Cámara una solicitud de servicio por un capital determinado y por alguna razón se devuelva el expediente al cliente para ser corregido, solo se podrá depositar el expediente para completar el proceso por el mismo capital depositado la primera vez.
-
1.6 Cuando el cliente solicita Copias Certificadas de documentos que no figuran registrados en la Cámara procedemos a certificar que el documento no figura registrado.
-
1.7 Cuando el cliente solicita una Certificación de una empresa que no figura registrada en la Cámara procedemos a certificar que la empresa no figura registrada.
-
1.8 Cuando se depositen menos documentos de los que entregó el cliente la primera vez.
-
Serán Reembolsados los siguientes casos:
-
2.1 En caso de una solicitud de matriculación devuelta a problemas por cualquier causa, si el cliente decide no seguir el proceso se le reembolsará el cincuenta por ciento (50%) de la suma pagada.
-
2.2 Cuando en el formulario indican que el domicilio de la empresa es Santo Domingo y sus documentos tienen como domicilio otra provincia se le reembolsará el cincuenta por ciento (50%) de la suma pagada.
-
2.3 Cuando en el formulario de la compañía especifica que no es Santo Domingo y este fue recibido por el representante.
-
2.4 En el caso de que se le devuelva algún documento porque no es registrable, serán devueltos al emisor los cheques por montos distintos al importe de servicio solicitado.
-
Casos excepcionales de solicitud de reembolso distintos a los citados serán conocidos uno por uno por la Gerencia del Registro Mercantil para su ponderación y decisión.
Para solicitar tu Reembolso deberás presentar:
-
El original del recibo o factura de pago.
-
La carta de solicitud que deberá estar timbrada, sellada y firmada por el Presidente de la sociedad u otra persona autorizada. La misma deberá contener a nombre de quien se emitirá el cheque.
-
Las sociedades que se están matriculando y que por tanto no tienen sello gomígrafos u otros, deben estar firmadas por el presidente electo o por una persona autorizada mediante poder de representación, el cual deben adjuntar a la solicitud.
¿Cómo se comprueba dicha inscripción en el Registro Mercantil?
Toda inscripción se probará con certificado expedido por la respectiva cámara de comercio o mediante inspección judicial practicada en el registro mercantil.
Haga clik en Cerrar para continuar...